domingo, 8 de marzo de 2009

ABSA

Trabajo de Investigación de Jorge A. Lares

Una vez más nos encontramos los vecinos frente a la prepotencia de ser sometidos a aumentos desmedidos, irracionales y en forma autoritaria en los impuestos, en los servicios que se cobran con un régimen tarifario por «tasa» y en el cobro de multas en el resto de los servicios. Al ya vigente aumento del impuesto municipal en Fcio. Varela a partir del mes de Noviembre (95 y 98%) hoy debemos soportar el intento de un aumento en el servicio de agua/cloacas por Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima (ABSA), aceptado por el Organismo de Control de Aguas de Buenos Aires (OCABA) y con el silencio de todos los organismos involucrados en este tema.
DESMEDIDO: Porque estamos hablando de aumentos del 426% que lleva las tarifas a valores que duplican las cobradas en otros municipios por otra prestadora.
IRRACIONAL: Porque el consumo del agua no tiene ninguna relación con el valor inmobiliario, del mismo modo se podría cobrar por la cantidad de arboles que tiene en su vereda el frentista ó por la cantidad de perros que tenga cada vecino ya que usando el criterio de ABSA si tengo mas perros tendré mas poder adquisitivo.
Pero como eso no es suficiente vamos a multiplicar por un coeficiente igual a 2 el rubro cloaca, con lo que ahora el valor a pagar será el doble. La incompetencia y mala gestión de la prestadora los lleva a buscar mecanismos demagógicos que rayan con una mediocridad estremecedora.
AUTORITARIA: La incapacidad para gestionar y no actuar cuando y como se debe, hace que no se encuentren mecanismos honestos para hacer los ajustes deseados, entonces gracias a la complicidad del Poder Ejecutivo de la Provincia dictando un Decreto (Dec.3144) donde se aprueban formulas que serían como sumar gatos más perros (agua consumida igual valor de mi propiedad) donde hasta el alumno de segundo grado sabe que no es posible, pero a nuestras autoridades algo les da, tal vez, porque la política, es el arte de lo…. imposible. En definitiva se hace lo que yo digo porque tengo la autoridad y además no voy a cumplir lo que me corresponde a pesar de que esté escrito en la misma ley ó decreto porque yo soy el que mando.
Pero si queremos entrar en detalles mas jugosos de esta historia debemos retroceder algunos años cuando la ineficiente Azurix por una resolución 11/00 del entonces ORAB le cobraba a los jubilados un 50 % menos en su factura, después de asumir la eficiente ABSA redujo ese descuento al 30 % más tarde a partir de Julio del 2003 lo redujo al 20% y a partir de Septiembre del 2007 les quito esa reducción estamos hablando de la misma prestadora que hoy menciona la tarifa social en el art.55 del marco regulatorio.
Otro ingrediente fue la decisión del ex -gobernador F.Solá a reemplazar el marco regulatorio aprobado por ley 11820 por el decreto 878 en vigencia actualmente.
En la ley 11820 en su art.29 inc.c menciona que las revisiones de tarifas serán debatidas en audiencia pública antes de su aprobación. En el marco actual (dec.878) ese punto no está pero en el decreto 3144 generador del aumento en su art.37 manifiesta que dentro de los dos meses de aprobado este decreto se debe emitir un documento descriptivo e informativo para los usuarios con los valores tarifarios y debe ser puesto a disposición de los usuarios en todas las oficinas y el art.35 expresa que debe hacerlo en forma fehaciente en el domicilio del usuario.
En la ley 11820 en su art.26 inc. 6 se menciona la necesidad de mantener una presión de 10 metros en la conexión del inmueble, en el marco regulatorio actual ese valor se eliminó y en el Capitulo V Art. 32 inc. a habla de factibilidad técnica entre la prestadora y el usuario.
En la ley 11820 se mencionan los limites tolerables de 12 componentes químicos que afectan directamente la salud, 3 componentes orgánicos, 3 Etenos clorados, 2 hidrocarburos aromaticos, 9 pesticidas, 2 desinfectantes, 1 clorfenoles , 4 trihalometanos.
También menciona componentes que afectan la aceptabilidad del agua, 3 características físicas, 8 físico - químicas y otros detalles.
En el «Considerando» del decreto 878 sobre este punto menciona que las normas de calidad del servicio no están previstas expresamente en este Marco Regulatorio sino que las mismas serán establecidas por una comisión de notables, denominada Comisión permanente de Normas de Potabilidad…..
Otro dato interesante lo da el Art.58 del marco regulatorio que estipula las revisiones tarifarias periódicas cada 5 años ¿las hicieron? y las extraordinarias derivadas de las modificaciones en la calidad del agua potable, ¿nos deberán devolver dinero por este punto?. Pero lo más interesante de este articulo es que menciona «Las revisiones tarifarias no deberán ser utilizadas para compensar déficit derivados del riesgo empresario, ni convalidar ineficiencias en la prestación del servicio».
El marco regulatorio Art.52 admite la posibilidad del medidor y el decreto 3144 (el del aumento) lo contempla y su costo es de 400 m3 de agua a 0,607 es decir 243 pesos.
Otro punto que debe conocer el usuario es que el marco regulatorio en su Art.8 define dos tipos de agua de suministro, a) Agua Potable (cumple con todos y cada uno de los limites impuestos por la Comisión Permanente de Normas de Potabilidad y b) Agua Corriente para el consumo humano e higiene, agua que no cumple con algunos de los limites impuestos por dicha comisión y su ingesta puede ser autorizada por períodos limitados.
Por casualidad se me ocurre mirar en el decreto 3144 (el del aumento) el punto 3 del Anexo A (régimen tarifario) y ó sorpresa menciona que en este régimen tarifario en todos los artículos que se refiera a metros cúbicos ó un valor equivalente a metros cúbicos hace referencia a metros cúbicos de Agua Potable . Entonces señores del agua sinceramente ¿pueden cobrar este irracional aumento?, ¿ Es 100% potable el agua suministrada?
Si ABSA no da respuesta el OCABA tiene la obligación de recibir a los usuarios y supuestamente en su directorio hay un representante de los mismos..
La reflexión final es: Señores del Agua en todos sus niveles - Señores del Ministerio de Infraestructura - Señores del Ejecutivo - Señores de la Justicia contamos con un arsenal de leyes y decretos pero si no se aplican todos sus términos y solo se mencionan los afines a la gestión del gobierno y sus organismos es evidente que nos encontramos (como dijo Platón) en el peor de los buenos gobiernos pero el mejor entre los malos, es decir en una mediocracia.

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